Las empresas aseguradoras nos ofrecen
la posibilidad de diseñar pólizas personalizadas que se acoplen a nuestras
necesidades. Pero muchos clientes carecen del tiempo o los conocimientos
adecuados para negociar de modo minucioso los pormenores de un contrato de
seguro con un complicado lenguaje técnico y jurídico.
Es por ello que la mayoría de pólizas
de seguros son estandarizadas y cuentan con unas coberturas habituales que son
las más demandadas por los clientes.
La
especificidad de los seguros sobre inmuebles
Al igual que los seguros de vida o sobre vehículos tienden a
cubrir determinados riesgos habituales, los seguros sobre inmuebles y
especialmente sobre edificaciones procuran cubrir los riesgos más comunes.
Ofreciendo cobertura sobre los
peligros que la mayoría de los ciudadanos considera más frecuentes, las
aseguradoras logran que sus pólizas resulten más atractivas y comprensibles
para los potenciales clientes.
¿Cuáles
son las coberturas más demandadas?
Los riesgos catastróficos que afecten
a la estructura de los inmuebles y puedan provocar su derrumbe son los que más preocupan
a los ciudadanos, por lo que las coberturas más demandadas son sobre incendios
y terremotos.
Las pólizas básicas cubren hasta 15
tipos de daños:
·
Incidentes por derrumbe.
·
Explosión involuntaria o accidental
de vapor o sistemas de agua caliente, dispositivos de calefacción, sistemas de
aire acondicionado y electrodomésticos.
·
Colisión de aeronaves, vehículos.
·
Conmoción civil.
·
Explosión externa.
·
Incendios, humo.
·
Granizo o rayos.
·
Caída de objetos.
·
Instalaciones de plomería congeladas.
·
Rotura de vidrios.
·
Sobre-tensión eléctrica.
·
Daños intencionales.
·
Disturbios, robo, vandalismo.
·
Explosión volcánica.
·
Tormentas de viento, nieve o
escarcha.
Si el derrumbe no estuviera incluido
en la póliza, habrá que contratar un seguro adicional que lo incluya. Debe
contratarlo el propietario, pero si el inmueble es un edificio regido por los
reglamentos de Propiedad Horizontal (PH), puede realizarse un contrato
individual por cada propietario o bien toda la PH como consorcio.
En este último caso, el seguro cubriría no sólo el daño por
desmoronamiento o derrumbe de las viviendas de los miembros de la PH sino
también los daños acaecidos en las estructuras comunes a todos los habitantes
de la PH que fuera titular del seguro.
Los
seguros vigentes para edificaciones
Actualmente son tres los tipos de
seguros contemplados para edificaciones:
1.
Seguro hipotecario de Incendio y Terremoto
Su contratación es individual. Lo habitual es que sea parte de un
Contrato de Crédito o de préstamo hipotecario.
La entidad financiera con la que el
propietario contrata el crédito empleado en la adquisición de una vivienda o la
hipoteca que permite esa adquisición, está interesada en que el inmueble esté
asegurado. Si no fuera así, los daños en el inmueble también afectarían a quien
presta la hipoteca porque devalúan el valor del bien hipotecado.
Además, los bancos y entidades de
crédito usan estos seguros hipotecarios para ampliar y reforzar la vinculación
del cliente con su entidad.
No obstante, este tipo de seguro
también puede obtenerse de modo voluntario sin que lo imponga quien presta el
crédito o quién financia la hipoteca.
Según el Estatuto Orgánico del
Sistema Financiero, todos los establecimientos de crédito que ofrezcan créditos
hipotecarios tienen la obligación de tomar un seguro contra incendio y
terremoto, por lo que todos los bienes hipotecados tienen esta cobertura.
2.
Seguro Obligatorio de bienes comunes
Según la ley 675 de 2001, las copropiedades también están obligadas a
tomar un seguro contra incendio y terremoto. No obstante, sólo el 10% de las
copropiedades están aseguradas, según estadísticas de Fasecolda.
3.
Seguro voluntario del hogar
Se estima que tan sólo un
5% de los hogares tienen contratado este tipo de seguro, que es el que los propietarios contratan para blindar su propiedad de
modo autónomo.
Los distintos tipos de seguros
facilitan diseñar una protección a la medida del asegurado ajustando el precio
de cada póliza y posibilitando al cliente resguardarse ante los costes causados
por los daños padecidos en el inmueble.
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